Reportaje Especial jamás conocido de Nunca Mais y del Prestige, PLADESEMAPESGA se congratula de la condena a Nunca Mais de las costas del Prestige al actuar de forma personal e interesada en contra de los intereses de Galicia.

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01 Mayo 2016
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20160221 133245 1 1La demostración fehaciente del fracaso colectivo de abogados y peritos, dejando a los auténticos culpables protegidos.

Pladesemapesga, denunciaba en 2006, la bastarda manipulación institucional. Un fax, y las grabaciones aportadas prueban que, la orden de alejar el Prestige, fue previa a toda operación de enganche (0930 del 14 de noviembre) y de arranque del motor (1530 del 14 de noviembre) anulando de forma ilegal la activación realizada del Plan de Contingencias Marinas. Las cintas aportadas al juzgado apuntan a la responsabilidad penal de funcionarios y autoridades en el hundimiento del petrolero. 

La relevancia penal de las grabaciones sobre el Prestige, publicadas en el Diario El Pais ( 3-1-2006 ) por el Catedrático de Derecho Penal, Carlos Martínez-Buján Pérez, coinciden plenamente con la Peritación de Pladesmapesga y dejan en muy mal lugar a los " outsiders " que formaron parte de los equipos de asesoramiento de distintos letrados.

El Catedrático, consideró que las cintas aportadas por IU al juzgado apuntaban a la responsabilidad penal de funcionarios y autoridades en el hundimiento del petrolero.

Los auténticos culpables, por omisión de responsabilidades, han pasado inadvertidos.

Profesionales de la Marina Mercante, faltos de cualificación y experiencia en materia de Radiocomunicaciones, Salvamento, Seguridad Marítima y Lucha Contra la Contaminación, han interferido en la buena marcha del Juicio, actuando como Peritos y desvirtuando el Análisis Secuencial del accidente convertido en catástrofe.

 

Las consecuencias, saltan a la vista.

Pladesemapesga, denunció en 2006, las filtraciones de distintas grabaciones y la ratificación de responsabilidades por acción y omisión de políticos y responsables marítimos.

La " autocomplacencia " de los responsables marítimos factor causal determinante, entre otros, de la Catástrofe del Prestige.

( Referencia año 2006 )

Izquierda Unida, ha presentado a nivel nacional, unas grabaciones de audio sobre la catástrofe del Prestige que, al parecer, demuestran la descoordinación habida desde el momento del accidente, el 13 de noviembre de 2002.

Estas grabaciones están siendo difundidas y comentadas en los espacios informativos de la Cadena SER.

Las valoraciones sobre distintas grabaciones, están siendo hechas por IU y por los propios servicios informativos de la citada Cadena.

Debe quedar constancia de que, en ningún momento el entonces Director General de la Marina Mercante, cuando transmite la consigna al Jefe del Centro Nacional de Coordinación de Salvamento y Lucha Contra la Contaminación de alejar el buque Prestige, dice de quién o quienes, políticos o técnicos, procede dicha consigna.

El Jefe del Centro Nacional de Coordinación de Salvamento y Lucha Contra la Contaminación, era/es, Capitán de la Marina Mercante y tuvo mando de petroleros en la Naviera Elcano.

Quiere ello decir que, el Director General de la Marina Mercante estuvo transmitiendo consignas a un técnico experto y cualificado.

El Jefe del Centro Nacional de Coordinación de Salvamento y Lucha Contra la Contaminación, estuvo en todo momento de acuerdo con la consigna transmitida por el Director General de la Marina Mercante, lo cual demuestra:

a.- Que, un técnico experto y cualificado evaluó y posteriormente coordinó la gestión del accidente convertido en catástrofe.

b.- Que, al no presentar ningún tipo de objeción a la consigna transmitida, daba por hecho que dicha consigna era la correcta.

c.-Que, posiblemente, cabe la hipótesis, de que fuera consciente de las posibles evaluaciones previas de la Dirección de Operaciones en la Mar con el Director General de la Marina Mercante.

d.- Que, caso de no ser así, su actuación resultó fundamental para haber evitado la catástrofe.

El mensaje de IU, no es otro que, reabrir la Comisión de Investigación del Prestige en el Parlamento de Galicia y la comparecencia de distintos políticos.

 Pretende también, la comparecencia de los políticos presuntamente implicados en la Catástrofe, en la Subcomisión de Investigación del Congreso de los Diputados.

 Todo lo cual, está originando una gran confusión en los medios de comunicación y, en consecuencia, en la opinión pública.

Quizás, lo más acertado sería, la comparecencia en los distintos Parlamentos, del Jefe del Centro Nacional de Coordinación de Salvamento y Lucha Contra la Contaminación y de la Dirección de las Operaciones en la Mar del Plan Nacional de Contingencias, para el esclarecimiento definitivo de la actuación de los técnicos.

 El Subsecretario de Fomento, Adolfo Menéndez, debería comparecer con carácter de urgencia en la Comisión y Subcomisión de Investigación, para aclarar quienes fueron los cuatro técnicos que evaluaron y coordinaron la gestión del Prestige.

(I) SECRETO DE LAS COMUNICACIONES REGLAMENTO DE RADIOCOMUNICACIONES DE LA UIT

El Capitán o persona responsable, así como aquellas personas que puedan tener conocimiento de un texto o incluso la existencia de un radiotelegrama o cualquier otra información conseguida por cualquier tipo de servicio de comunicaciones, están obligados de observar y asegurar el secreto de las comunicaciones.

 Quedan prohibidas las interceptaciones sin autorización , de radiocomunicaciones no destinadas al uso público en general , así como la divulgación del contenido o simplemente la existencia , la publicación o cualquier otro uso sin autorización, de toda clase de información obtenida mediante la interceptación de las Radiocomunicaciones no destinadas al uso público en general.

TODA ESTA DOCUMENTACIÓN ES DE LIBRE USO EDITORIAL, PLAGIO Y PERIODÍSTICA, EL UNICO REQUISITO ES NOMBRAR LA FUENTE:

Antón Salgado Clavo. Vicepresidente de Pladesemapesga y Portavoz del grupo de Expertos no Gubernamentales del Sistema Mundial de Socorro en la Mar

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PRIMERA VALORACION

Ha causado auténtico estupor en el sector marítimo, la aparición de estas grabaciones que demuestran la posibilidad técnica de aportar, si fueran admitidas, pruebas definitivas de audio, sobre la actuación de los medios de salvamento y lucha contra la contaminación.

Han sido numerosos los incidentes, accidentes, muertes y desapariciones en la mar, muchos de ellos sin aclarar todavía.

El sector marítimo, se pregunta desde cuando existe este sofisticado sistema de grabación y si es utilizado en la Comisión Permanente de Investigación de Accidentes Marítimos, cuyas conclusiones, conviene recordar, no se pueden hacer públicas.

SEGUNDA VALORACION

 Las grabaciones presentadas por IU, se supone, estarían bajo la custodia de algún departamento del Ministerio de Fomento.

El abogado de IU, manifestó el pasado día 17 de diciembre en Santiago de Compostela, que la obtención de estas grabaciones eran un logro del gabinete jurídico de IU y la forma de obtenerlas estaban bajo secreto profesional.

El Reglamento de Radiocomunicaciones de la Unión Internacional de Radiocomunicaciones, prohíbe su interceptación y divulgación.

La Fiscalía del Estado y la Agencia de Protección de Datos, deberían ser activadas para investigar quien o quienes son los responsables de una grave infracción administrativa y, posiblemente penal, al interceptar y divulgar posteriormente, el contenido de esas grabaciones.

TERCERA VALORACION

Según se recoge, por las manifestaciones de los responsables de IU, el único fin de hacer públicas estas grabaciones, no es otro que, demostrar la intervención política en la gestión de la Catástrofe del Prestige, sin haber consultado a los técnicos en las primeras horas del accidente.

(II) ANTECENTES DEL ACCIDENTE CONVERTIDO EN CATASTROFE

1.- El 13 de noviembre de 2002, a las 1929 horas, el Centro Nacional de Coordinación de Salvamento y Lucha Contra la Contaminación, envió un fax, en nombre de la autoridad marítima al armador, requiriéndole que ordenase al capitán que tomase remolque del Ría de Vigo, para mantener alejado de la costa al buque Prestige.

 2.- El fax, prueba que, la orden de alejar el Prestige, fue previa a toda operación de enganche (0930 del 14 de noviembre) y de arranque del motor (1530 del 14 de noviembre).

3.- El 6 de enero de 2003, el Subsecretario del Ministerio de Fomento, Adolfo Menéndez, confirmaba en el Diario La Opinión de La Coruña, página 8, Sección Mar que, se activaron desde el primer momento los procedimientos establecidos, es decir el Plan Nacional de Contingencias y también la toma de decisiones inmediatas, basadas en la capacidad técnica de quien las toma, conformada por un grupo principal de cuatro técnicos, siendo éste, uno de los elementos fundamentales.

PRIMERA VALORACION

El Subsecretario de Fomento, confirmó la activación del Plan Nacional de Contingencias y la evaluación y coordinación del accidente/catástrofe por cuatro técnicos.

SEGUNDA VALORACIÓN

En la página 25 del Plan Nacional de Contingencias, se contempla en su apartado a):

Dirección de las Operaciones en la Mar, composición:

Dirección Ejecutiva: Subdirector General de Tráfico, Seguridad y Lucha Contra la Contaminación Marítima (DGMM).

Dirección Operativa: Director de la Sociedad de Salvamento y Seguridad Marítima (SASEMAR).

Asesores Técnicos: Jefe del Servicio de Protección del Ecosistema Marino (DGMM) y Director de Operaciones de la Sociedad de Salvamento y Seguridad Marítima (SASEMAR).

Asesores Legales: Subdirector General de Política del Transporte Marítimo (DGMM).

TERCERA VALORACION

Posiblemente, el Subsecretario de Fomento, cuando habla de cuatro técnicos, se refiera a los que componían la Dirección de las Operaciones en la Mar.

 (III) DISTRIBUCION DE FUNCIONES PLAN NACIONAL DE CONTINGENCIAS

ORGANOS DE RESPUESTA

 La Dirección de las Operaciones en la Mar, tiene a su cargo la alta dirección de las operaciones y la relación institucional con otros organismos de la Administración del Estado.

Dentro de la distribución de funciones de los Órganos de Respuesta, figura el ordenar la apertura del correspondiente Expediente Administrativo sobre el suceso.

Las misiones descritas en las páginas 25/26 del Plan Nacional de Contingencias, serán asumidas por el Organismo Rector ( Delegación del Gobierno ) en el caso de que se hallen activados conjuntamente el Plan Nacional y uno o más Planes Territoriales.

(IV) COMITÉ DE EMERGENCIA DEL GOBIERNO ACTAS DE LAS REUNIONES

Diario El País, lunes 22 de diciembre de 2003.

Este Diario, deja constancia de que el Organismo Rector creado en la Delegación del Gobierno en La Coruña, fue asesorado desde la Dirección General de la Marina Mercante en Madrid, desde SASEMAR, tripulaciones de los buques y aeronaves intervinientes y distintos sectores de la Administración autonómica que participaron en las reuniones de la Delegación del Gobierno.

Nunca hubo reflejo en las actas del tal debate técnico.

Si hubo alguna discusión sobre alternativas para el Prestige, fue en un escenario distinto al Organismo Rector, creado para neutralizar su amenaza.

En el CECOP (Organismo Rector) el debate llegaba hecho. López-Sors, comunicaba decisiones o dudas.

Nadie cuestionaba sus decisiones, ni le exigía justificarlas técnicamente.

No hay rastro de la secuencia para la toma de decisiones del CECOP, descrita por Fomento en su informe.

(V) CONCLUSIONES

 1.- Las grabaciones filtradas por IU a la Cadena SER, no dejan de ser meras incidencias de servicio y sacadas fuera de contexto.

2.- Sorprende, la reiteración de conversaciones de personas o técnicos ajenos a la Dirección Ejecutiva de Operaciones en la Mar.

3.- Existen otras grabaciones, realizadas por RNE/REX, hechas públicas en los programas Españoles en la Mar y Campo y Mar, donde el Director de la Sociedad Estatal de Salvamento (SASEMAR) coordina el alejamiento del Prestige (entre otros).

4.- Da la sensación, por las grabaciones escuchadas hasta el momento, de que IU, trate de silenciar las actuaciones de los responsables de la Dirección Ejecutiva de Operaciones en la Mar.

5.- Varias secuencias de las grabaciones escuchadas hasta ahora, hacen especial hincapié en la toma del remolque y en algunos casos se oyen objeciones a la sugerencia del Director General de la Marina Mercante, de que permaneciera un hombre a bordo, en la proa del Prestige.

6.- Los objetivos de IU, comunicados por distintas vías, parecen estar centrados únicamente en la inculpación de cargos políticos y en la intervención de remolcadores.

7.- En ningún momento, por lo menos hasta ahora, hacen mención de la gestión de los responsables de la Dirección Ejecutiva de Operaciones en la Mar.

8.- Que, como quedó constancia, la Dirección Ejecutiva de Operaciones en la Mar, tenía a su cargo la alta dirección de las operaciones y la relación institucional con otros organismos de la Administración del Estado.

9.- Por lo tanto, resulta un tanto extraño que, los responsables políticos de la gestión de la catástrofe no tuvieran conocimiento de la evaluación y posterior coordinación por parte de la Dirección Ejecutiva de las Operaciones en la Mar.

10.- A todo ello, habrá que añadir el pleno acuerdo del Jefe del Centro Nacional de Coordinación del Salvamento y Lucha Contra la Contaminación, con la consigna dada por el Director General de la Marina Mercante.

11.- Resulta nuevamente sorprendente que, IU, no denuncie en ningún momento que, el Jefe del Centro Nacional de Coordinación de Salvamento y Lucha Contra la Contaminación, continúe a día de hoy ocupando dicha jefatura, después de haber estado de acuerdo con la consigna de alejamiento del buque Prestige por parte del Director General de la Marina Mercante, así como las de otros componentes de la Dirección Ejecutiva de Operaciones en la Mar, que o bien mantienen sus cargos o han sido mantenidos o ascendidos y que por acción u omisión, tuvieron protagonismo en la gestión del accidente convertido en catástrofe.

No queremos ni imaginar, caso de un nuevo Prestige o accidente menor, cual podría ser su actuación.

12.- Por eso sería conveniente que la Fiscalía del Estado y la Agencia de Protección de Datos investigaran al autor o autores de la interceptación y difusión de las grabaciones del Prestige.

13.- Existen serias sospechas de que se trate de extender una cortina de humo sobre los auténticos responsables de la gestión de la catástrofe e inculpar a los políticos por no haber hecho uso de las valoraciones de los técnicos.

14.- Prueba de ello, es la fijación en hacer comparecer a los políticos y no a los técnicos, cuando debería ser todo lo contrario.

15.- Para finalizar y para que no haya ningún tipo de dudas, este informe pretende dejar bien claro que, la gestión del accidente convertido en catástrofe del buque Prestige, desde la recepción del SOS, fue evaluado y coordinado por técnicos de alta dirección de la Dirección General de la Marina Mercante y de la Sociedad Estatal de Salvamento Marítimo :

Diario El Pais 3-1-2006

Carlos Martinez Buján

LA RELEVANCIA PENAL DE LAS GRABACIONES SOBRE EL PRESTIGE

 El autor considera que las cintas aportadas por IU al juzgado apuntan a la responsabilidad penal de funcionarios y autoridades en el hundimiento del petrolero.

Aunque el ministro no hubiese dado la consigna, podría, por omisión, haber responsabilidad.

Las cintas evidencian la necesidad de reabrir la comisión de investigación en el Parlamento gallego

Los delitos contra el medio ambiente presuntamente cometidos serían dolosos

Las grabaciones relacionadas con el Prestige aportadas por IU poseen un indudable interés jurídico-penal a la hora de determinar la responsabilidad de las autoridades del Ministerio de Fomento. -

1. Aparte de ofrecer una prueba directa de los delitos indiciariamente atribuidos por el juez instructor, las cintas nos revelan además que tales delitos serían dolosos y no meramente imprudentes.

Ciertamente, la concurrencia de dolo en la actuación de López-Sors podía ya deducirse, a mi juicio, con claridad de datos objetivos que constan en el sumario y que acreditan que la decisión de alejamiento rumbo noroeste, hacia el temporal, (o sea, "rumbo hundimiento") estaba ya tomada a las pocas horas del envío de la señal de socorro en la tarde del 13 de noviembre, con lo que no hubo realmente dos decisiones, una el 13 y otra el 14, (como entienden empero el juez instructor y el fiscal) sino sólo una.

Y máxime si se acoge la moderna concepción puramente cognitiva o normativa del dolo, que ha sido asumida por nuestro Tribunal Supremo y que fue invocada en este caso por la propia Audiencia de A Coruña para decretar la prisión provisional de Mangouras.

La novedad es que ahora quedaría demostrada la presencia del dolo incluso en el plano psicológico, esto es, concebido naturalísticamente como un proceso mental.

Y no sólo eso: las cintas demuestran además que López-Sors era plenamente consciente no sólo de la acción, sino también del catastrófico resultado dañoso que podría producirse como consecuencia del hundimiento. -

2. Así las cosas, los delitos contra el medio ambiente presuntamente cometidos serían entonces los delitos dolosos de los artículos 325 y 330 del Código penal; pero a ellos habría que añadir el delito (también doloso) de daños patrimoniales del artículo 263, que, a diferencia del delito imprudente del artículo 267, ofrece la importante particularidad de que puede ser perseguido de oficio (no requiere denuncia previa del agraviado), en virtud de lo cual las acusaciones de Nunca Máis e IU podrán incluirlo ahora en sus querellas. -

3. La decisión del alejamiento con "rumbo hundimiento", prescindiendo del protocolo de actuación previsto para esta clase de accidentes marítimos y especialmente sin haber evaluado antes el estado del petrolero, era desde una perspectiva ex ante tan disparatada e irracional que, por sí misma, podría llegar a constituir ya una tentativa (inidónea) punible, aunque ex post se demostrase que el buque se habría hundido de todas formas debido a la avería inicial.

No obstante, es ésta una hipótesis meramente dialéctica, puesto que todas las opiniones conocidas de prestigiosos especialistas en la materia, incluyendo los dictámenes periciales aportados al juzgado de Corcubión por IU y Nunca Máis, coinciden en señalar no sólo que el alejamiento rumbo noroeste era ex ante la peor de las soluciones posibles y la maniobra era perfectamente factible el día 14 de noviembre en un tiempo de tan solo seis horas a una velocidad de 3 nudos. -

4. Las cintas corroboran la tesis de que la responsabilidad penal que, en su caso, pudiese ser atribuida a Mangouras o a las personas encargadas de la explotación del buque deberá limitarse al delito de peligro del art. 325, puesto que la actuación libre (y además plenamente consciente) de las autoridades de Fomento, asumiendo el control de la fuente de peligro, rompe sin lugar a dudas la causalidad jurídica o conexión de imputación objetiva entre las posibles acciones peligrosas de dichas personas y los resultados dañosos tipificados en los delitos de lesión de los artículos 263 (daños patrimoniales) y 330 (daños en los espacios naturales protegidos).

Únicamente los funcionarios de Fomento pueden ser autores de tales delitos, sin perjuicio de la responsabilidad que correspondería como partícipes a aquellos técnicos (a día de hoy desconocidos) que les asesoraron. -

5. Las cintas nos revelan también por primera vez una orden del director general, calificada como "consigna".

En el contexto de la conversación grabada el vocablo "consigna" (utilizado en el ámbito de una estructura jerárquica tan férrea como la de un ministerio) parece sugerir que la orden provenía del propio ministro, que es el que poseía la competencia administrativa originaria y que, de ser así, pasaría a convertirse entonces en el presunto autor de los tres delitos citados.

Con todo, debo aclarar una vez más que, aunque el ministro no hubiese dado tal consigna, puede subsistir perfectamente una responsabilidad penal por la omisión de los especiales deberes de supervisión que le incumben.

El caso es elemental y de libro: el hecho de que hubiese existido una efectiva delegación de competencias en el director general y que incluso éste hubiese declarado que asumía toda la responsabilidad no es suficiente para excluir la responsabilidad del ministro, dado que éste seguía conservando una competencia residual, que permanece incluso después de la delegación, como competencia retenida, derivada de su deber originario (que nunca desaparece) de velar por la fuente de peligro.

Por tanto, si el ministro conocía la decisión de alejamiento con rumbo hundimiento, si poseía el deber específico de impedir el resultado (deber de intervención) y si estaba en condiciones de poder evitarlo, siempre sería posible apreciar una participación (cooperación) por omisión, al no impedir la inexplicable conducta realizada a título de autor por su subordinado, el director general. -

6. Por último, las cintas evidencian la necesidad de reabrir la comisión de investigación en el Parlamento de Galicia, y, en concreto, la de volver a citar (como acaban de solicitar IU y BNG) a los funcionarios de la Administración central implicados en la gestión del accidente que en su momento se negaron a comparecer, alegando haber recibido una orden del entonces Secretario de Estado Gabriel Elorriaga.

En reiteradas ocasiones he venido denunciando en la prensa regional gallega que la incomparecencia de tales personas encaja perfectamente en el tipo definido en el artículo de 502-1 del Código penal y que la orden del señor Elorriaga (basada en un argumento tan burdo que fue calificado por un prestigioso constitucionalista, el catedrático Blanco Valdés, como "una utilización del derecho de un modo torticero e insultante") constituía un mandato inequívocamente antijurídico, en atención a lo cual hay evidentes indicios de que su conducta fue también delictiva, como inducción directa a las desobediencias.

Pese a ello y pese a que un informe de los letrados del Parlamento de Galicia dictaminó que dichos funcionarios tenían obligación de comparecer, hasta el momento no ha habido actuación judicial (ni de la fiscalía) alguna con respecto a un delito que es perseguible de oficio y que, por cierto, está a punto de prescribir.

 Carlos Martínez-Buján Pérez es catedrático de Derecho Penal de la Universidad de A Coruña y autor del libro Crónica penal (Del Prestige y de otros relatos jurídico-penales), Ed. Tirant Lo Blanch, 2005. CARLOS MARTÍNEZ-BUJÁN PÉREZ -EL PAÍS - España - 03-01-2006   

El " Botox, la Jeta  y los efectos secundarios" de los políticos, antes que los intereses de la gentes de la Mar.

Nunca Mais, Burla Negra, Ecologistas y sus dirigentes, les deben una explicación a los Marinos Mercantes y a todas las gentes de la Mar.

Bieito Lobeira, debería explicar públicamente, la contradictoria defensa de su Perito y Abogado, respecto al Capitán Mangouras.

Pladesemapesga, cuestiona los planteamientos del Perito de Nunca Mais y sospecha de sumisión ante el próximo reparto de ayudas indemnizatorias a los considerados no rebeldes de la causa.

Las pruebas son evidentes: durante su intervención judicial y procesal defiende a Mangouras y posteriormente Nunca Mais, pide cárcel para el Capitán del Prestige…..¿ Que ha cambiado ?, que no logramos ver pero sí intuir en Pladesemapesga.

En 2004, los Marinos Mercantes, dejaron las cosas muy claras ante la sociedad nacional e internacional.

Marinos mercantes de distintas especialidades, Puente, Máquinas y Radio, se sienten total y absolutamente defraudados con los políticos gallegos y lo que es peor, con Nunca Mais y otros acusadores en la causa.

Tanto nadar ...

En 2004, como todos los ciudadanos, se " pringaron hasta las cachas " en la defensa de los tripulantes del petrolero y en el esclarecimiento de forma esquemática de todos y cada uno de los protocolos existentes para su ejecución y la identificación de sus responsables, ya fuera por acción u omisión.

Coordinaron y dirigieron la llamada Mesa de la Seguridad Marítima del Foro de la Verdad de Nunca Mais en el Pazo de Mariñán.

Todo quedó, entonces, meridianamente claro o al menos en aquellos momentos la satisfacción de los dirigentes de la Plataforma así lo demostraba.

Han pasado diez años, se ha celebrado el Juicio y resulta que Nunca Mais, en un mal entendido amor patrio, pide cárcel para Mangouras y también para López Sors, sin dejar una clara protesta ante la falta de más políticos encausados y presuntos responsables.

En una " abracadabrante " coincidencia, todos los letrados presentes en el Juicio, coinciden con el Fiscal y el Abogado del Estado, para " meter miedo " a los futuros contaminadores y osados marinos del Siglo XXI que osen acercar sus barcos al corredor de Finisterre.

¡¡¡ Acojonante !!!

Pladesemapesga, no sólo muestra su disconformidad con estas extrañas pero intuidas coincidencias sino que, además, advierte a los ciudadanos de un posible acuerdo o pacto entre las partes para " descafeinar " culpabilidades y que España se libre de pagar su fehaciente negligencia en la gestión del accidente y posterior catástrofe medio ambiental, quedando todos unidos alrededor de la suculenta tarta de las indemnizaciones.

El atropello jurídico a dos marinos mercantes comunitarios ante la Normativa Internacional y la propia normativa aceptada por España es evidente.

Lo de López Sors, impresentable, por la ambigüedad de su posible castigo, porque junto a él, debería estar un rosario de funcionarios y también políticos.

Al igual que el botox, el comportamiento de tan altruistas formas de los políticos en el año 2003, es una droga hecha de una toxina producida por la bacteria Clostridium botulinum. Las inyecciones de botox funcionan debilitando y paralizando determinados músculos o bloqueando algunos nervios.

En la trama sobre el Prestige, estos comportamientos ante la ineficaz defensa de Mangouras donde se deja entrever de forma descarada otro tipo de intereses, están paralizando y bloqueando la dignidad de las gentes de la Mar y emulando los efectos del Botox, es por ello que Pladesemapesga, recuerda con fuerza........

¿ En que hemos cambiado ?

FORO DE LA VERDAD

PAZO DE MARIÑAN ( LA CORUÑA ) 29 DE MAYO DE 2004

NUNCA MAIS CONCLUSIONES DE LA MESA DE SEGURIDAD MARITIMA GESTIÓN DE LA CATÁSTROFE DEL PRESTIGE ( Resumen ) En lo que respecta a la gestión de la catástrofe del Prestige, la Mesa considera:

a.- Que en ningún momento se activó el Plan Nacional de Contingencias.

b.- Que, tras la denuncia en tres medios de comunicación, hablados y escritos, detectan manifiesto y grave incumplimiento, las Autoridades comenzaron la aplicación parcial de dicho Plan.

c.- Que, la Xunta de Galicia, no tenía aprobado el Plan Territorial de Contingencias de obligado cumplimiento.

d.- Que, las conclusiones del Ejercicio La Coruña 2001, pudieron ser determinantes para la gestión de la catástrofe.

e.- Que, el análisis secuencial de la catástrofe, es fundamental para la aplicación de las medidas correctoras de la gestión de los accidentes marítimos.

f.- Que, como consecuencia de la inaplicación del Plan Nacional de Contingencias, el entonces Inspector de la Capitanía Marítima de A Coruña, Serafín Díaz, actuó de forma irregular por figurar en el Cuadro Orgánico como Auxiliar de Coordinación de las Operaciones en la Mar.

g.- Que, por el mismo motivo, el Capitán Marítimo de A Coruña, Ángel del Real, ejerció un mando ejecutivo que no le correspondía, pues dentro del Cuadro Orgánico, figuraba como Coordinador de las Operaciones en la Mar , debiendo asumir las instrucciones de la Dirección Ejecutiva de las Operaciones en la Mar.

h.- Que, debido a estas manifiestas irregularidades, la peritación del buque Prestige, no fue realizada por técnicos expertos y cualificados, tal y como se contempla en el seno de la OMI y en las Conclusiones del Ejercicio A Coruña 2001.

i.- Que, la inhibición de la Dirección Ejecutiva de Operaciones en la Mar , responsabilidad del Subdirector General de Lucha Contra la Contaminación de la Dirección General de la Marina Mercante y la inexistencia del Plan Territorial de la Xunta , provocaron el fracaso del Organismo Rector en la Delegación del Gobierno.

j.- Que, sería necesaria por parte del Gobierno, la acreditación de los documentos exigidos dentro del Plan Nacional de Contingencias, que no son otros que :

1.- El informe inicial sobre Contaminación Marina ( POLREP ) en sus dos fases, la primera accidental como consecuencia de la escora del Prestige y la segunda la provocada por el alejamiento del buque.

2.-Si se consideró oportuno enviar el mensaje ALERT POLLUTION a las Task Force de la UE y/o al Centro REMPEC de Malta. ( Es de suma importancia este dato porque así se sabrá si realmente existen o no las fuerzas de intervención inmediata y los centros de control de lucha contra la contaminación de la UE ).

3.- Exigir los partes operativos, Partes Periódicos de Situación y sobre todo el Organigrama de Acciones y Decisiones Generales.

4.- El expediente administrativo de obligada confección por parte de la Dirección Ejecutiva de Operaciones en la Mar.

k.- Que, en el inicio del accidente del Prestige, el director de la emergencia era el Director General de la Marina Mercante , debiendo pasar obligatoriamente a un segundo plano, dando paso al Director Ejecutivo de Operaciones en la Mar (Subdirector General de Lucha Contra la Contaminación desde el momento en que se produjo contaminación en la mar ).

l.- Que, el Plan Nacional de Contingencias, tiene un inicio y un final de la emergencia; que se sepa, nadie ha comunicado oficialmente el final de la misma, con la agravante de las maniobras que se iniciarán en breve de extracción del fuel.

m.- Que, según estudios científicos, el Prestige, podría caer a una mayor profundidad como consecuencia de movimientos sísmicos o cualquier movimiento o presión externa y ello podría significar nuevos derrames a la superficie.

n.- Que, la Mesa , muestra su preocupación caso de producirse cualquier tipo de incidencia en la manipulación de las lanzaderas para la extracción del fuel ; el nuevo Delegado del Gobierno debería planificar con carácter de urgencia la estructura directiva del Organismo Rector y sus ramificaciones a través del Plan Nacional y Territorial de Contingencias.

o.- Que, el Delegado del Gobierno, debería exigir las conclusiones de los ejercicios programados para la estructura directiva del Plan Nacional y Plan Territorial, así como los Grupos de Respuesta desde la catástrofe del Prestige.

p.- Que, el Delegado del Gobierno, forma parte de una estructura directiva sujeta a los ejercicios programados y que su formación teórica y práctica será decisiva a la hora de tomar decisiones en la lucha contra la contaminación.

q.- Que, caso de nuevas incidencias en la mar, deben arbitrarse medidas que discriminen las funciones de los miembros del Plan Nacional de Salvamento, los del Plan Nacional de Contingencias y los Comisionados del Gobierno.

r.- Que, miembros del Comisionado del Gobierno para Asuntos del Prestige, realizaron funciones inherentes al Cuadro Orgánico del Plan Nacional de Contingencias, para el que se exige experiencia y cualificación; el caso del inspector de la Capitanía Marítima de A Coruña, Francisco Alonso, es una muestra más del grado de incumplimiento por tratarse en aquellos momentos de un auxiliar de coordinación de operaciones en la mar.

s.- Que, desde la catástrofe del Mar Egeo en 1.992 hasta la del Prestige en noviembre de 2002, se han realizado inversiones millonarias en el desarrollo de distintos planes de salvamento, en la constitución de SASEMAR y por último en el Plan Nacional de Contingencias.

t.- Que, la optimización de los recursos deben pasar por una gestión eficaz del personal marítimo comunitario de tierra y esta se ha demostrado una vez más que en España, ha fallado estrepitosamente.

u.- Que, las Normas de Calidad, son fundamentales para el Reforzamiento de la Seguridad Marítima y para los cursos de especialización exigidos en las Normas y Reglas del Convenio STCW 78/95 para personal marítimo comunitario de mar y tierra.

v.- Que, por todo ello, la Mesa de la Seguridad Marítima del Foro de la Verdad , considera necesario y urgente, presentar al Gobierno el proyecto de constitución de una mesa de expertos, independientes y plenamente competentes, que analicen la problemática las Normas de Calidad, del Plan Nacional de Salvamento y del Plan Nacional de Contingencias, con los mismos o parecidos criterios que la constituida para la supervisión de RTVE.

Pazo de Mariñán, A Coruña, a 29 de mayo de 2004

Antón Salgado Clavo. Coordinador y Responsable de la Mesa de Seguridad Marítima.

La clase política y Judicial española elevan al máximo riesgo la seguridad y contaminación marina con la sentencia del Prestige.

Un despropósito jurídico contrario a la normativa internacional. Pladesemapesga no acepta políticamente, moral ni éticamente la sentencia por la catástrofe del Prestige conocida hoy pero "cocinada por el sistema presuntamente corrupto durante 11 largos años", por ello la Plataforma en Defensa del Sector Marítimo Pesquero de Galicia se pondrá al servicio de la aseguradora, para poner en su conocimiento la multitud de casos judiciales por la ocultación, desaparición y presunta malversación de las ayudas destinadas a los damnificados de la catástrofe, que nunca han visto un céntimo de euro, y poder evitar en la medida de lo posible que las futuras indemnizaciones vayan a parar a manos de la presunta corrupción en detrimento del litoral perjudicado.

Mangouras, condenado a nueve meses de prisión por el delito de desobediencia por desoír las órdenes de las autoridades españolas a la hora de facilitar el remolque del barco.

El tribunal exime de responsabilidad a la Administración, al entender que no provocó la catástrofe sino que trató de solucionarla y evitar daños materiales y humanos.

La Sección Primera de la Audiencia concluye que tras diez años de instrucción del caso y nueve meses de juicio "Nadie sabe con exactitud cuál pudo ser la causa ni la respuesta adecuada". Sólo se considera probado que Mangouras desobedeció.

En relación con la acusación contra el ex director general de la Marina Mercante y, por ende, contra el Estado español, la sentencia avala su decisión de haber alejado el barco de la costa porque "se descartó llevar el barco a la costa por causas medioambientales"

Pladesemapesga alerta a los ciudadanos y medios de comunicación del GRAVE ATENTADO conta la navegación marítima en el litoral español.

La Plataforma en desacuerdo con la desobediencia de Mangouras.

La desatención a las radiocomunicaciones como consecuencia de la exención del Oficial Radioelectrónico y el desconocimiento del significado del plazo determinado ( Código IGS ) permitido a un Capitán para gestionar una emergencia, claves para entender la pericia de Mangouras.

La Plataforma en desacuerdo con la desobediencia de Mangouras.

La desatención a las radiocomunicaciones como consecuencia de la exención del Oficial Radioelectrónico y el desconocimiento del significado del plazo determinado permitido a un Capitán para gestionar una emergencia claves para entender la pericia de Mangouras.

Prestige : la Sentencia

Galicia condenada a una nueva catástrofe ecológica.

Los ciudadanos/contribuyentes, manipulados y engañados.

La normativa internacional bajo mínimos de credibilidad.

La criminalización  de la gente de la mar potenciada.

El Convenio Internacional de Titulación, Formación y Guardias para Gente de Mar, obviado y minusvalorado.

Las Guías de Ayuda de OMI  para puertos y lugares de refugio despreciadas.

Nunca Mais, nada ha resuelto y lo que es peor, decepcionado.

Ante una nueva catástrofe ¿ se repetiría la gestión un episodio contaminante de igual forma y manera ?

El secreto mejor guardado ¿ se radiaron Radio Avisos Náuticos o Avisos a los Navegantes advirtiendo de la presencia de containers, troncos y tubos a la deriva la noche de autos ?

¿ Por qué extraña razón no se valoró como factor causal determinante la colisión de un objeto a la deriva contra el casco del petrolero ?

¿ Se exhibieron en las pantallas de la Sala del Juicio para su análisis y valoración ?

¿ Desobediencia ?

¿ No fue eliminado el Oficial Radioelectrónico del Cuadro Orgánico del Prestige ?

¿ No sería más bien desatención a las radiocomunicaciones ?

¿ Ha tenido en cuenta el Tribunal en su Sentencia el significado de " plazo determinado " para la negociación de un remolque o salvamento ?

¿ Estaba permitido dentro del Código IGS ?

¿ Estrategia de los acusadores o ignorancia ?

Juicio Prestige

Pladesemapesga,  pregunta.

¿ Cuándo se tuvo constancia de la presencia del petrolero Prestige en aguas de Finisterre ?

¿ Cuando Mangouras activó la Alerta de Socorro ?

¿ Hasta ese momento, su navegación,  no fue de absoluta normalidad ?

¿ Cuándo nace realmente el episodio contaminante ?

¿ Acaso no dice la normativa internacional que cuando un Capitán activa una Alerta de Socorro renuncia al control de la situación, haciéndose cargo el SAR Commander de la emergencia  y de la evaluación de los riesgos.

¿ Quién hundió el petrolero Prestige ?

¿ Mangouras ?

¿ Pero no estaba en prisión ?

El escándalo está servido.

Pladesemapesga lo anunció y denunció

 La normativa internacional dejaba bien claro que era de importancia primordial lograr una comunicación constante entre el buque, el armador, el equipo de evaluación y el centro de comando.

Mientras las Guias de OMI recomendaban el acercamiento a la costa y un lugar de refugio,con el único fin de aminorar los daños, el Estado Ribereño, es decir, España, hizo todo lo contrario.

Ni abogados defensores ni peritos han hecho referencia a/de las Directrices emitidas por parte de la OMI donde se contemplaban indicaciones claras y precisas respecto a la emisión de un SOS/Mayday.

Si el capitán de un buque activa una Alerta de Socorro " renuncia al control de la situación, haciéndose cargo el SAR Commander de la emergencia" y de la evaluación de los riesgos.

Para realizar estas tareas de evaluación correctamente es necesario que se hagan con la mayor objetividad posible.

Es de importancia primordial lograr una comunicación constante entre el buque, el armador, el equipo de evaluación y el centro de comando.

Auténticos " iluminados " haciendo las veces de Peritos y alejados de la actividad marítima han alterado el orden de los protocolos internacionales, poniendo como ejemplo de lugar de refugio Corcubión, cuando por obvio y desde tiempos inmemoriales, estaba perfectamente planificado que así fuera.

Pladesemapesga, identifica a Nunca Mais, como responsable de alterar el análisis secuencial de la catástrofe, llevando a los ciudadanos a una permanente confusión.

La Dirección General de la Marina Mercante y las autoridades portuarias continúan siendo reacios hacia la acogida en aguas territoriales de buques en una situación de emergencia, si éste representa un peligro para la población local, el medio ambiente, o las instalaciones y actividades portuarias.

Actualmente se están dando casos en que se impide a algunos buques que se encuentran en dificultades o peligro acercarse a tierra, de forma que rehúsan la aproximación a un puerto o zona costera a un buque que se encuentre en es tas circunstancias.

La exclusividad o disponibilidad de los remolcadores de salvamento nuevamente cuestionadas.

Pladesemapesga, insta al Ministerio de Fomento, a explicar con detalle la activación de remolcadores de salvamento en los últimos incidentes acontecidos en las costas gallegas y los contratos de remolque o salvamento negociados así como un " report " detallado de la utilización de los subsistemas y métodos del Sistema Mundial de Socorro y el encaminamiento de las radiocomunicaciones.

Esta Plataforma duda de que la figura del Director General de la Marina Mercante como " autoridad independiente/mando único " prevalezca sobre el poder de las decisiones políticas.

El Ministerio de Fomento, debería - sin demora - aclarar a los ciudadanos en qué estado se encuentran distintas Resoluciones comunitarias respecto a los lugares de refugio, donde se obliga a los Estados Miembros a disponer de planes para albergar buques en peligro basados en las Directrices OMI.

Estos planes deberán/deberían estar disponibles desde el 5 de febrero de 2004.

Pladesemapesga, duda de su disponibilidad.

Carta de López Sors extorsionando al Gobierno de Mariano Rajoy y en consecuencia a la sala judicial y a los españoles en la Causa del Prestige para seguir "callando la boca" y seguir haciendo el paripé al Partido Popular.

Pladesemapesga insta al las autoridades judiciales y fiscalías anticorrupción a actuar de oficio ante el cúmulo descarado de las presuntas prácticas mafiosas al más alto nivel del Gobierno Español y más concretamente al amparo del Sr Rodríguez Valero, Director de la Dirección General de La Marina Mercante.

http://www.pladesemapesga.com/descargas/carta-lopez-sors.pdf

Descargar 121 artículos sobre el Prestige, realizados pro Pladesemapesga, la verdad cueste lo que cueste y caiga quien caiga..:

http://www.pladesemapesga.com/descargas/prestige.rar

Nunca Mais a pagar las costas del juicio por: ignorancia y autocomplacencia e interés personal, representantes en la OMI, encubrimiento y corrupción

Pladesemapesga acusa a los responsables de España en la OMI y la CIAIM de "DEJADEZ DE FUNCIONES", un delito penal clarificado por los acontecimientos de la catástrofe del Prestige, conculcados sus preceptos normativos y todo ello despilfarrando el dinero público de todos los españoles.....

La sentencia del Prestige "exige de inmediato" la retirada de todos los representantes de la OMI y supresión de la CIAIM e instamos a que se hagan públicas las partidas presupuestarias sostenidas con dinero público.   Ante el sonado internacionalmente fracaso de la justicia y gobierno español con la sentencia del Prestige en la defensa de sus bienes y derechos, Pladesemapesga propone iniciativas parlamentarias para la retirada del Representante Permanente de España en la Organización Marítima Internacional ( OMI ) e insta a que se hagan públicas las partidas presupuestarias sostenidas con dinero público.   De igual forma la supresión de la Comisión de Investigación de Siniestros Marítimos ( CIAIM ) carente de la preceptiva independencia funcional y que ha significado un factor causal determinante extremadamente negativo y peligroso para los intereses de todos los contribuyentes españoles, y utilizada para "presuntos intereses del Sr López Sors en sus amañados informes y extorsiones reconocidas públicamente en una misiva dirigida a Sasemar pidiendo más dinero público para callar la boca" en el juicio del Prestige.   La Normativa de la Organización Marítima Internacional ( OMI ) minusvalorada y despreciada en la Sentencia del Prestige debe servir como punto de referencia para exigir un cambio en la planificación de la Seguridad Marítima, de la Vida Humana en la Mar y la Lucha Contra la Contaminación.   Resoluciones de distintos Comités y Subcomités de la Organización Marítima Internacional son pruebas fehacientes del disparate jurídico que ha dejado perplejos  a todos los ciudadanos, nacionales e internacionales.   Resulta sorprendente que una Normativa contemplada en el Ordenamiento Jurídico de España y que caso de ejecutarse en la gestión de la catástrofe medioambiental hubiera evitado, sin lugar a dudas, no sólo la contaminación sino también el desconcierto reinante en estos momentos, puesto que no se habría producido el naufragio, haya sido apartada de la Sentencia.   El análisis secuencial del accidente convertido en catástrofe, con el simple seguimiento de las Resoluciones de los citados Comités y Subcomités de OMI, permite " identificar " a todos y cada uno de los que por acción u omisión debieron ser condenados.   La criminalización del Capitán Mangouras es extrapolable a futuros y seguro que muy cercanos siniestros marítimos.   El Tribunal,  lejos de despejar dudas respecto a las responsabilidades de los profesionales marítimos comunitarios que ocupaban Puestos Clave en el Sar Commander, es decir, Dirección General de la Marina Mercante y Cuadro Orgánico del Plan Nacional de Contingencias, los ignora, poniendo en riesgo a partir de la Sentencia la seguridad de las costas españolas.   El 6 de mayo de 2003, la Comisión Permanente de Investigación del Accidente del Prestige,  hizo públicos sus Análisis, Conclusiones y Recomendaciones, haciendo especial hincapié " en que la Comisión analizó solamente el accidente y posterior rescate de los tripulantes " considerando que las operaciones relacionadas con el remolque del buque hasta su hundimiento y demás operaciones de lucha contra la contaminación " no correspondían al accidente del mismo”.   Semejante " desatino " y evasión de responsabilidades demuestra el grado de "manipulación" de la citada Comisión Permanente, presidida por el entonces Subdirector General de Seguridad, Tráfico y Contaminación Marina, destinado y "premiado" actualmente en la Capitanía Marítima de Tenerife como Consejero Técnico de Medio Ambiente y que debió asumir las responsabilidades de Director Ejecutivo de Operaciones en la Mar dentro del Cuadro Orgánico del Plan Nacional de Contingencias.   El Código de Investigación y Prácticas Recomendadas de la Organización Marítima Internacional " exige " la investigación de toda la información relativa a la intervención de las autoridades en tierra, reacción de los equipos de emergencia, medidas adoptadas y resultados obtenidos además de una descripción detallada sobre la reconstrucción de lo ocurrido, respetando la secuencia cronológica de los acontecimientos antes, durante y después del accidente e indicando la gestión de personas, materiales, medio ambiente, equipamiento y agentes externos.   La Comisión Permanente que investigó el Prestige " obvió " a juicio de Pladesemapesga "intencionadamente" dentro del contexto accidental y su entorno " los errores y omisiones humanos " relacionados con materiales peligrosos, factores medioambientales, fallos de los equipos y otros factores que contribuyeran o guardaran relación con las funciones desempeñadas por personas concretas dentro del Cuadro Orgánico del Plan Nacional de Contingencias y/o elementos normativos, es decir, del personal marítimo comunitario en Puestos Clave de/en Tierra.   El Director General de la Marina Mercante, José Luis López Sors,   hizo " un requerimiento a la carta "  al Canal de Experiencias Hidrodinámicas de El Pardo, de un estudio e informe sobre la posibilidad de posibles impactos en el casco del petrolero de olas, troncos o containers.   Las Conclusiones del Canal de Experiencias, a juicio de Pladesemapesga, no dejan de ser "sorprendentes" y pareciera que semejara ser un " encargo con respuesta pactada ", cuando hay evidencias y siniestros sobre el estudio con resultados reales que afirman lo contrario del estudio del Pardo.

Pladesemapesga, repudia la condena de Apóstolos Mangouras por desobediencia a la vez que señala como auténtica culpable de la catástrofe medioambiental a la Administración Marítima de España e identifica como responsables a todos los figuraban en el Cuadro Orgánico del Plan Nacional de Contingencias, in admitidos para ser imputados en las diligencias.   Pladesemapesga, el día 16 de Noviembre, publicó el mayor informe conocido, siguiendo el análisis secuencial del accidente convertido en catástrofe,  con más de 180 páginas, las causas y los sucesos encadenados de la manipulación oficial e interesada en la causa del Prestige, así como de sus culpables obviados por la justicia, con todos los hechos denunciados pormenorizadamente y descargable a través de la Web, www.pladesemapesga.com

La Generala o la extravagancia convertida en esperpento en la Consellería de Medio Rural e do Mar.

Como españoles como gallegos, nos avergonzamos de tener al mando de la Consellería a personajes tan ridículos como usted Sra. Rosa Quintana Carballo...En refresco de su memoria ¿ Franco ha muerto ?. 20 de noviembre de 1975, por lo que llega tarde y más tarde si cabe, al quedarle menos tiempo en la Consellería que al sastre horas para la confección del uniforme aprobado por resolución.  Le damos 30 días a los funcionarios/as para que aprenda el taconazo y saludo militar ante su presencia y como comportarse si llega bajo palio....

Estupor entre los funcionarios ante la posibilidad de que los altos cargos políticos se presenten uniformados en los actos oficiales.

El Presidente de la Xunta de Galicia, modifica una Norma para que su Conselleira do Mar pueda " lucir " uniforme de Guardacostas.

... Es que tiene cojones la historia ...

Se lo imaginan ? El Sr Mariano Rajoy vestido de militar al igual que Pinochet...

O con el traje del dictador Chiang Kai-shek de Taiwán, pues ya queda menos, abre las puertas la Sra. Rosa Quintana Conselleira de Medio Rural e do Mar con su nuevo decreto para uniformarse.

La Conselleira do Mar pasando revista a las tropas a los sones de una banda de gaitas interpretando el bonito pasodoble Ponteareas semejando a la Guardia Real con la Reina de Inglaterra ...

Uno, que ya está metidito en años, no da crédito a lo que lee.

Pero, a pesar de ello, todavía no lo tiene muy claro.

Nuestra Conselleira/Generala, llevará faldita larga, minifalda o pantalón ?

Galones ?

Cuantos y de qué milímetros.

Serán más numerosos que los del mando superior de los Guardacostas ?

El gorro/a, sombrero, pamela o lo que fuere ... será reglamentario o de diseño de algún afamado/a modisto/a con el sello de Galiza Calidade ?

Oiga usted, señor Feijoó, déjese de caralladas y márchese para su casita que no está la cosa para coñas ...

Hemos visto durante y después de la catástrofe del Prestige diferentes tipos/as de Mandos Únicos, Autoridades Competentes etc ... posando para la prensa inspeccionando ríos, rías, montes, montañas e peixes mortos variados e " ainda mais " posando en Torres de Control verificando las posiciones de los buques en riesgo o navegando placenteramente por las costas gallegas, pero, coño, siempre de paisano ...

Qué decir del Juicio del Prestige, donde políticos de todos los pelajes contradecían o contravenían las sabias valoraciones de dos marinos " con los huevos cargados de mejillones " como eran Mangouras y su Jefe de Máquinas, pero, naturalmente ellos eran los expertos y así fue la cosa.

En este país que nos toca vivir, preñado de calamidades generadas por la inconsciencia política, ahora nos toca someternos a los caprichos de unos " tontos/tontasdeloscojones " que se nos visten de gaiteros escoceses.

¡ Es que manda carallo !

Por cierto, tengo un viejo conocido que todavía conserva una tienda de antigüedades por aquello de añadir como complemento a la uniformidad una docena de medallitas que siempre darían un toque más castrense al asunto.

Señora Conselleira do Mar o mejor dicho Señora Generala que no Mi Generala, como español como gallego, me avergüenzo de tener al mando de la Consellería a personajes tan ridículos como usted de la misma forma que todo un Presidente de la Xunta se preste a tan " valleinclanesca " forma de actuar.

Ustedes lo pasen bien ...

Antón Salgado Clavo… Vicepresidente de Pladesemapesga y Portavoz del Grupo de Experto en Sinistros Marítimos del Sistema Mundial de Socorro, con derecho legal a uniforme de Radiotelegrafista que nunca se le ocurrió ni se le ocurrirá usar…

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 [PDF]especial Prestige, donde pone "Prestige" - Pladesemapesga
pladesemapesga.com/REVISTA/especialprestige.pdf
6 mar. 2013 - PDF da misiva no interior. José Luís López-Sors é o único cargo público imputado polo Prestige. Se o ex-director xeral da Marina Mercante,.

[PDF]denuncia - Pladesemapesga

pladesemapesga.com/descargas/denunciaMALERSACION-PRESTIGE.pdf
bajo juramento, es seguida con especial preocupación por la sociedad ... siniestro del Prestige que junto a otros responsables que ... r%C3%ADtimo_Web.pdf.

[PDF]Pladesemapesga informa a los ciudadanos ante la ya ...

pladesemapesga.com/.../PLADESEMAPESGA-INFORMA-GRATIS-A-L...
28 jun. 2006 - La Subcomisión de Investigación del Prestige en el Congreso de los ... de los últimos diez años, con especial incidencia en aquellos casos en.

El día 29 se confirmará todo lo que viene denunciando ...

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24 sept. 2015 - http://www.pladesemapesga.com/REVISTA/especialprestige.pdf .... Pladesemapesga ha realizado un especial perfectamente documentado ...

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[PDF]La injusticia del Prestige - Greenpeace

www.greenpeace.org/espana/Global/espana/report/.../prestigeinforme.pdf
16 oct. 2012 - En noviembre de 2002 el buque tanque Prestige se hundió frente a las ...... de aprobar un Plan Nacional de servicios especiales de salvamento de la ...... contaminacion / resumen - del - informe - quot - el -p . pdf , http :// www . boe . es ... Xornal Pladesemapesga de la Mar y la Pesca,10 de noviembre de ...

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